martes, 18 de octubre de 2016

El derecho a la rebelión

Hace 9 años publiqué el artículo que reproduzco a continuación, donde transcribo las ideas de quien hoy es amo y señor de nuestro país. Hoy, sólo le cambiaría una palabra: usaría “deber” en lugar de “derecho”.



El derecho a la rebelión

Gustavo Yepes
Agosto 11, 2007

Corría el año 1953, cuando  un joven abogado fue sometido a la justicia de su país por un acto de rebelión del que fue cabecilla. Durante el juicio que le siguieron, el joven asumió su autodefensa, y su alegato, hecho de forma improvisada, es recogido en un documento titulado "La historia me absolverá”. Al ordenar posteriormente su publicación, el autor señala a sus "compañeros de lucha" lo siguiente: "La importancia del documento es decisiva; ahí está contenido el programa de la ideología nuestra, sin la cual no es posible pensar en nada grande"

Hoy en día, el otrora joven abogado se encuentra en las postrimerías de su vida, después de tiranizar a su pueblo durante medio siglo. Me permito a continuación reproducir un fragmento de este documento, el cual contiene las ideas de Fidel Castro Ruz, su autor, acerca del derecho  que tienen los pueblos a la rebelión bajo ciertas circunstancias. Este fragmento no tiene desperdicio y su vigencia, 54 años después, es incuestionable.

La historia me absolverá
Fidel Castro Ruz 

… El derecho de rebelión contra el despotismo, señores magistrados, ha sido reconocido, desde la más lejana antigüedad hasta el presente, por hombres de todas las doctrinas, de todas las ideas y todas las creencias.

En las monarquías teocráticas de las más remota antigüedad china, era prácticamente un principio constitucional que cuando el rey gobernase torpe y despóticamente, fuese depuesto y reemplazado por un príncipe virtuoso.

Los pensadores de la antigua India ampararon la resistencia activa frente a las arbitrariedades de la autoridad. Justificaron la revolución y llevaron muchas veces sus teorías a la práctica. Uno de sus guías espirituales decía que "una opinión sostenida por muchos es más fuerte que el mismo rey. La soga tejida por muchas fibras es suficiente para arrastrar a un león."

Las ciudades estados de Grecia y la República Romana, no sólo admitían sino que apologizaban la muerte violenta de los tiranos.

En la Edad Media, Juan de Salisbury en su Libro de hombre de Estado, dice que cuando un príncipe no gobierna con arreglo a derecho y degenera en tirano, es lícita y está justificada su deposición violenta. Recomienda que contra el tirano se use el puñal aunque no el veneno.

Santo Tomás de Aquino, en la Summa Theologíca, rechazó la doctrina del tiranicidio, pero sostuvo, sin embargo, la tesis de que los tiranos debían ser depuestos por el pueblo.

Martín Lutero proclamó que cuando un gobierno degenera en tirano vulnerando las leyes, los súbditos quedaban librados del deber de obediencia. Su discípulo Felipe Melanchton sostiene el derecho de resistencia cuando los gobiernos se convierten en tirano. Calvino, el pensador más notable de la Reforma desde el punto de vista de las ideas políticas, postula que el pueblo tiene derecho a tomar las armas para oponerse a cualquier usurpación.

Nada menos que un jesuita español de la época de Felipe II, Juan Mariana, en su libro De Rege et Regis Institutione, afirma que cuando el gobernante usurpa el poder, o cuando, elegido, rige la vida pública de manera tiránica, es lícito el asesinato por un simple particular, directamente, o valiéndose del engaño, con el menor disturbio posible.

El escritor francés Francisco Hotman sostuvo que entre gobernantes y súbditos existe el vínculo de un contrato, y que el pueblo puede alzarse en rebelión frente a la tiranía de los gobiernos cuando éstos violan aquel pacto.

Por esa misma época aparece también un folleto que fue muy leído, titulado Vindiciae Contra Tyrannos, firmado bajo el seudónimo de Stephanus Junius Brutus, donde se proclama abiertamente que es legítima la resistencia a los gobiernos cuando oprimen al pueblo y que era deber de los magistrados honorables encabezar la lucha.

Los reformadores escoceses Juan Knox y Juan Poynet sostuvieron este mismo punto de vista, y en el libro más importante de ese movimiento, escrito por Jorge Buchnam, se dice que si el gobierno logra el poder sin contar con el consentimiento del pueblo o rige los destinos de éste de una manera injusta y arbitraria, se convierte en tirano y puede ser destituido o privado de la vida en el último caso.
Juan Altusio, jurista alemán de principios del siglo XVII, en su Tratado de política, dice que la soberanía en cuanto autoridad suprema del Estado nace del concurso voluntario de todos sus miembros; que la autoridad suprema del Estado nace del concurso voluntario del gobierno arranca del pueblo y que su ejercicio injusto, extralegal o tiránico exime al pueblo del deber de obediencia y justifica la resistencia y la rebelión.

Hasta aquí, señores magistrados, he mencionado ejemplos de la Antigüedad, la Edad Media y de los primeros tiempos de la Edad Moderna: escritores de todas las ideas y todas las creencias. Más, como veréis, este derecho está en la raíz misma de nuestra existencia política, gracias a él vosotros podéis vestir hoy esas togas de magistrados cubanos que ojalá fueran para la justicia…

… El derecho de insurrección contra la tiranía recibió entonces su consagración definitiva y se convirtió en postulado esencial de la libertad política.

Ya en 1649 Juan Milton escribe que el poder político reside en el pueblo, quien puede nombrar y destituir reyes, y tiene el deber de separar a los tiranos.

Juan Locke en su Tratado de gobierno sostiene que cuando se violan los derechos naturales del hombre, el pueblo tiene el derecho y el deber de suprimir o cambiar de gobierno. "El único remedio contra la fuerza sin autoridad está en oponerle la fuerza."

Juan Jacobo Rousseau dice con mucha elocuencia en su Contrato Social: "Mientras un pueblo se ve forzado a obedecer y obedece, hace bien; tan pronto como puede sacudir el yugo y lo sacude, hace mejor, recuperando su libertad por el mismo derecho que se la han quitado." …

…Thomas Paine dijo que "un hombre justo es más digno de respeto que un rufián coronado".
Sólo escritores reaccionarios se opusieron a este derecho de los pueblos, como aquel clérigo de Virginia, Jonathan Boucher, quien dijo que "El derecho a la revolución era una doctrina condenable derivada de Lucifer, el padre de las rebeliones".

La Declaración de Independencia del Congreso de Filadelfia el 4 de julio de 1776, consagró este derecho en un hermoso párrafo que dice: "Sostenemos como verdades evidentes que todos los hombres nacen iguales; que a todos les confiere su Creador ciertos derechos inalienables entre los cuales se cuentan la vida, la libertad y la consecución de la felicidad; que para asegurar estos derechos se instituyen entre los hombres gobiernos cuyos justos poderes derivan del consentimiento de los gobernados; que siempre que una forma de gobierno tienda a destruir esos fines, al pueblo tiene derecho a reformarla o abolirla, e instituir un nuevo gobierno que se funde en dichos principios y organice sus poderes en la forma que a su juicio garantice mejor su seguridad y felicidad."


La famosa Declaración Francesa de los Derechos del Hombre legó a las generaciones venideras este principio: "Cuando el gobierno viola los derechos del pueblo, la insurrección es para éste el más sagrado de los derechos y el más imperioso de los deberes." "Cuando una persona se apodera de la soberanía debe ser condenada a muerte por los hombres libres."